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Comienza el plazo para justificar tu inversión

Hoy, 10 de octubre de 2023, comienza el plazo para justificar las ayudas para el apoyo a la inversión que han solicitado las cooperativas y sociedades laborales. Con estas ayudas se busca contribuir a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas. El plazo para la presentación de la documentación justificativa finaliza el 2 de noviembre de 2023.

Documentación justificativa

El beneficiario deberá justificar haber realizado la actuación subvencionable. Para ello deberá presentar:

  • La cuenta justificativa, firmada por el representante legal de la empresa.
  • Las facturas definitivas totalmente pagadas, con el IVA desglosado.
  • La acreditación del pago del 100% de las facturas, mediante extracto bancario o documento equivalente.
  • Declaración responsable de no ser deudora de la Generalitat.
  • Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social a los efectos de ser beneficiario de subvenciones públicas de fecha actual.

Hay que tener en cuenta que en caso de que el importe justificado por parte del beneficiario sea menor al coste subvencionable de la inversión aprobada, la subvención podrá ser reducida en la proporción correspondiente.

Obligaciones

Entre las obligaciones de la cooperativa beneficiaria cabe destacar que hay que mantener la inversión objeto de la subvención durante un periodo mínimo de 3 años (5 años, en caso de grandes empresas), desde la fecha de concesión.

Durante esos mismos plazos, la inversión no podrá ser transferida a otro establecimiento de la empresa ubicado fuera de la Comunidad Valenciana.

Otra cuestión que no debemos descuidar es la referida a la consolidación del número de personas socias. Si durante dichos plazos la cooperativa beneficiaria ha disminuido en más de un 10% el número de sus personas socias o el número de los empleados respecto a los considerados en la resolución concesoria, la subvención se reducirá proporcionalmente de conformidad a las cuantías por razón del número de las mimas. (La beneficiaria deberá notificar la disminución producida, cuando sea superior a dichos porcentajes, en el plazo de un mes desde que sea efectiva).

Dpto. Subvenciones.

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