Subvenciones para inmuebles adquiridos por cooperativas de trabajo asociado de la Comunitat Valenciana
Si tu cooperativa prevé la adquisición de algún inmueble, quizás te interese saber que existe la posibilidad de solicitar subvención por su adquisición, pudiendo obtener hasta un 30% del importe de la compra del mismo.
Estas subvenciones para inmuebles se engloban dentro de los expedientes de Ayudas a la Inversión que se convocan todos los años y resultan muy ventajosas, ahora bien, es necesario y muy importante tener en cuenta que hay que cumplir algunos requisitos específicos y que el importe de la subvención viene condicionado por una serie de factores inherentes a la propia cooperativa, como el número de personas socias trabajadoras, el importe del capital social, la existencia o no de relación de parentesco entre quien vende y las personas socias de la cooperativa adquiriente, etc.
Aunque todos estos puntos están reflejados en la Orden de ayudas que las regulan, no está demás destacarlos para tener una visión global de lo que supone solicitar este tipo de ayudas, asegurándonos en la medida de lo posible, de que vamos a disponer de toda esta documentación sin ningún problema y de que cumplimos con los requisitos para poder acceder a ellas.
Inscripción en el registro
También es importante saber que la adquisición debe quedar inscrita en el registro de la propiedad correspondiente, o al menos que conste un asiento de presentación en el mismo, antes del plazo de justificación. La administración nos exige además complementar la escritura de compraventa con otra donde conste el importe concedido que también debe inscribirse en el mismo registro de la propiedad, así como adjuntar un certificado de tasación del inmueble que acredite que el precio de la adquisición se encuentra dentro del mercado.
Obligaciones de las subvenciones para inmuebles
Si finalmente nuestra cooperativa resulta beneficiaria de estas ayudas, debemos saber que se adquieren unas obligaciones, entre las que cabe destacar que este debe permanecer a nombre de la empresa al menos 6 años, de lo contrario habría que devolver la subvención.
Podrás encontrar el acceso a la próxima convocatoria en la página de la Federación valenciana de empresas cooperativas de trabajo asociado (FEVECTA).
Dpto. Subvenciones