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Publican las subvenciones para inversión y asistencia técnica

Con un plazo tremendamente ajustado, han sido publicadas las subvenciones para Cooperativas destinadas a asistencia técnica e inversión. Os presentamos un resumen con las características de cada una de ellas.

Subvenciones para inversión

Plazo

Del 17 al 31 de mayo.

Requisitos

-Realizar una inversión mínima de 2.000€.

-Inversión necesaria para puesta en funcionamiento o ampliación de la actividad.

-Que en fecha de solicitud haya al menos dos personas socias trabajadoras.

-Imprescindible que la solicitud de la ayuda se refiera a inversiones que no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2024.

Inversión subvencionable

-Terrenos. Edificios ya construidos. Inmovilizados materiales e inmateriales vinculados a las nuevas tecnologías. Equipos de producción. Mobiliario. Vehículos industriales.

No subvencionable

-Bienes usados.

-Rótulos, carteles o señales.

-Propiedades procedentes de personas socias.

Cuantía

a/ Con carácter general, el 50% del coste de adquisición.

b/ Páginas web, 40% con límite de 5.000€

c/ 30% para inversiones a la adquisición de edificios, obras o instalaciones técnicas.

d/ 10% en el caso de terrenos sin edificar.

Obligaciones

-Mantener durante cinco años desde la fecha de concesión, o tres en el caso de que la beneficiaria se PYME, la forma jurídica.

-Mantener la inversión objeto de la subvención durante un período mínimo de tres años desde la fecha de concesión.

Subvenciones de Asistencia técnica

Plazo

Del 17 al 31 de mayo.

Requisitos

Deberán realizarse íntegramente en el ejercicio 2024.

Los servicios de asistencia técnica deberán ser prestados por empresas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional.

No podrán presentarse más de dos presupuestos o facturas proforma por cada solicitud.

Modalidades

-Contratación de directores y gerentes.

-Estudios de viabilidad.

-Asesoramiento en gestión empresarial.

Cuantía

Hasta el 50%, con el límite máximo de 20.000€ y no podrá exceder del quíntuple de la cifra del capital social de la cooperativa.

Obligaciones

-Mantener, a partir de la fecha de resolución, durante cinco años (3 años en caso de PYME), la forma jurídica.

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