El pasado 6 de diciembre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que aprueba el Reglamento Veri*factu. Esta nueva normativa marca un hito en la regulación de los procesos de facturación en España, estableciendo requisitos rigurosos para los sistemas y programas informáticos que soportan la emisión de facturas por parte de empresarios y profesionales.
¿Qué es el Reglamento Veri*factu?
El Reglamento Veri*factu nace como desarrollo directo de la modificación del artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, realizada por la Ley 11/2021 (conocida como Ley Antifraude) de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Su principal objetivo es garantizar que los registros de facturación generados por sistemas informáticos cumplan con requisitos esenciales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad.
En la práctica, el reglamento busca erradicar el uso de software de doble uso o software de ocultación de ventas, herramientas que han sido utilizadas para evadir impuestos en las transacciones con consumidores finales. Para lograrlo, establece un formato y estructura estandarizados para los registros de facturación, que incorporan elementos de seguridad como hashes encadenados, códigos QR y firma electrónica, garantizando que cualquier modificación posterior al registro quede debidamente registrada.
Implementación y beneficios del sistema Veri*factu
El reglamento, que también se conoce coloquialmente como Reglamento Veri*factu, en alusión a la modalidad, más sencilla y eficiente, que se prevé para cumplir con la norma, mediante el envío de los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su producción.
Esta modalidad no solo combate el fraude y la evasión fiscal, sino que también impulsa la digitalización de las empresas y mejora los servicios de asistencia ofrecidos a los contribuyentes.
Uno de los beneficios clave del sistema Veri*factu es que permitirá a las empresas y autónomos descargar sus operaciones fiscales, simplificando así la confección de los libros registro y los modelos tributarios. Esto se alinea con el objetivo más amplio de facilitar la gestión fiscal y reducir la carga administrativa para los contribuyentes.
Es importante destacar que existirá también la modalidad No Veri*factu para cumplir con la norma.
Esta modalidad obligará al sistema informático emisor a conservar en sede local asegurando la inalterabilidad e integridad de los registros de facturación bajo responsabilidad del fabricante del sistema emisor.
Ámbito de aplicación y Plazos
El reglamento será aplicable a todos los empresarios y profesionales, PYMES y autónomos, con algunas excepciones. No se aplicará a aquellos sujetos ya sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) ni a quienes no estén obligados a emitir facturas. Su ámbito territorial cubre toda España, excepto los territorios de régimen fiscal foral como los Territorios Históricos de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, donde se implementan sistemas similares bajo el nombre de Ticket Bai.
Los desarrolladores de programas informáticos tendrán un plazo de hasta 9 meses, tras la publicación de la orden ministerial de desarrollo técnico, para adaptar sus productos a las nuevas disposiciones. A partir del 1 de julio de 2025, todas las empresas y autónomos obligados deberán estar adaptados a la nueva normativa. Para facilitar esta transición, las pymes y autónomos podrán recurrir al kit digital del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para financiar las modificaciones necesarias en sus programas informáticos.
Comentar también, que Hacienda habilitará un Sistema de Información de facturación de Último recurso para empresas con una facturación muy reducida.
En resumen, el Reglamento Veri*factu representa un avance significativo hacia una mayor transparencia fiscal y digitalización en el ámbito de la facturación en España. Con su implementación, se espera no solo una reducción en el fraude fiscal, sino también una simplificación en la gestión fiscal para empresarios y profesionales.
A continuación os mostramos un esquema gráfico de cómo funcionaría el Sistema informático Veri*factu y No Veri*factu:
VERI *FACTU
NO VERI*FACTU
Departamento fiscal.
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