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Medidas adoptadas tras la declaración del estado de alarma

Con la finalidad de contener la propagación de infecciones causadas por la COVID-19, ayer domingo se reunió el Consejo de Ministros, aprobando el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara de nuevo el ESTADO DE ALARMA en todo el territorio nacional. Por este motivo, desde IMPULSO COOPERATIVO, queremos mantenerte informado sobre las principales medidas adoptadas por el Consejo de Ministros. Te las enumeramos:

  1. El Estado de Alarma finalizará el próximo 9 de noviembre a las 00:00 horas, aunque está prevista una extensión a 6 meses, en el caso de que se vayan aprobando las correspondientes prórrogas que puedan solicitarse.

  2. Se establece la prohibición general de la movilidad nocturna entre las 23 horas y las 6 de la mañana, pudiendo cada Comunidad Autónoma modular su inicio entre las 22:00 y las 00:00 horas y su fin entre las 5:00 y las 7:00 de la mañana (En el caso de la Comunidad Valenciana, se establece entre las 00:00 horas y las 6:00 de la mañana). Su aplicación será para todo el país, salvo la Comunidad Autónoma de Canarias, debido a que su mejor situación epidemiológica.

  3. Durante este horario establecido, sólo será posible la circulación por causas justificadas durante el estado de alarma.

Éstas son las establecidas en el Real Decreto:

    • Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

    • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    • Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

    • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

    • Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

    • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

    • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

    • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

    • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

  1. Las Comunidades Autónomas podrán decidir limitar la entrada y salida de sus territorios, para todo el perímetro de la comunidad o para un ámbito inferior.

  2. Las Comunidades Autónomas podrán limitar, igualmente, la permanencia de personas en espacios públicos o privados a un máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes (Esta medida también se encuentra en vigor en la Comunidad Valenciana).

  3. IMPORTANTE: Esta limitación de la permanencia de personas en espacios públicos o privados, NO SERÁ DE APLICACIÓN PARA ACTIVIDADES LABORALES E INSTITUCIONALES durante el estado de alarma.

  4. Las Comunidades Autónomas fundarán sus actuaciones en base a unos criterios e indicadores ya acordados. Se establecen cuatro niveles de riesgo para cada territorio: bajo, medio, alto o extremo. Los principales criterios son los siguientes:

    • El número de casos detectados por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Según su incidencia:

      • Por debajo de 25 casos: riesgo bajo.

      • Más de 25 casos: riesgo medio.

      • Por encima de 150 casos: riesgo alto.

      • Si supera los 250 casos: riesgo extremo.

    • El grado de ocupación de los servicios hospitalarios y las camas UCI. Se considerará riesgo muy alto si el número de camas ocupadas por pacientes de COVID-19 supera el 15% en hospitalización global y el 25% en el caso de las camas de UCI.

Como información adicional, te enumeramos brevemente las principales medidas que ya ha tomado el gobierno de la Generalitat Valenciana desde el pasado sábado, 24 de octubre, y que afectan exclusivamente a los ciudadanos y empresas de la Comunidad Valenciana:

  1. Restricción de circulación de 0h a 6h.

  2. Reuniones máximo 6 personas en espacios públicos y privados.

  3. Prohibida la venta de alcohol, excepto en hostelería, de 22h a 8h.

  4. HOSTELERÍA

    • Obligatorio consumir sentado tanto en interior como en exterior.

    • Máximo 6 personas.

    • Uso de barra sólo para pedir y recoger consumiciones.

    • Horario de Cierre a las 0h, sin que se puedan aceptar pedidos a partir de las 23h.

    • Uso obligatorio de mascarilla salvo en el momento de la consumición.

    • Cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización.

Como siempre, desde Impulso Cooperativo, estamos a tu disposición para cualquier duda que te pueda surgir sobre estas novedades.

UN SALUDO.

El equipo de Impulso Cooperativo.

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