Kit digital segundo tramo

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Última hora del Kit digital: convocatoria y modificaciones

A partir del 2 de septiembre podrás solicitar la ayuda del Kit Digital si tu empresa tiene entre 3 y 9 personas empleadas. Lo podrás hacer a través del enlace que se activará en la sede de Red.es

Pero antes de empezar, te recomendamos que eches un vistazo a las modificaciones que han realizado en la propuesta presentada en diciembre y que aparecieron en el BOE del 29 de julio.

Aunque, si lo prefieres, puedes echar un vistazo al resumen que hemos elaborado para ti:

 

Beneficiarios

En el texto de julio nos encontramos que además de las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, ahora se abre el paso a las sociedades civiles con objeto mercantil, a las sociedades civiles profesionales y a las explotaciones agrarias de titularidad compartida.

Otra novedad respecto a las empresas solicitantes es que el número de personas trabajadoras computará en el momento de presentar la solicitud (y no en relación con el año anterior).

Categorías del Kit Digital

Se incluyen dos categorías a las diez primeras: Marketplace (destinada a aumentar las ventas de los comercios electrónicos) y Presencia avanzada en internet (para la optimización SEO y SEM de tu web).

Por otro lado, encontramos modificaciones en la categoría Sitio web y presencia básica en internet, en la que se incluye el alta del dominio durante 12 meses, y se incluye también la función bilingüe para la nueva web.

Es de resaltar que el nuevo texto permite el gasto en hardware, siempre que sean dispositivos de pago por uso y sean parte necesaria para prestar el servicio de una de las categorías.

Firma de acuerdos

Como no podía ser de otro modo si hablamos de digitalización, la disposición de julio permite que los acuerdos entre empresas beneficiarias y Agentes Digitalizadores pueda realizarse a través del certificado electrónico, Cl@ave permanente o PIN.

 

Por último, Red.es se ha impuesto un plazo máximo de tres meses para pagar el bono una vez que da por buena la justificación de la solicitud y aumenta a seis meses el plazo para presentar la primera justificación (en lugar de los tres que daba desde la presentación de la factura).

 

Si quieres saber más, o quieres que seamos tus agentes digitalizadores, no te lo pienses: te ayudaremos a buscar lo que mejor se ajuste a tu proyecto. Llámanos o escríbenos. O, más fácil: pincha AQUÍ.

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