¿Cómo afecta la Reforma Laboral a tu empresa?
La reforma laboral fue publicada el 30 de diciembre de 2021 (BOE), y aprobada por un solo voto el pasado jueves 3 de febrero en el Congreso. Tiene unos objetivos claros de actuación: rebajar la temporalidad y la precariedad en el empleo; y equilibrar la negociación colectiva. Te contamos los aspectos más importantes de esta nueva norma:
¿Cómo modifica la reforma laboral la contratación?
- Todos los contratos se presumen concertados por tiempo indefinido. El uso de la contratación temporal: será válido si la causa y circunstancia que se especifique en el contrato justifica con precisión la duración prevista.
- Se elimina el contrato por obra o servicio.
- El contrato de trabajo de duración determinada, solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción, o por sustitución de otra persona trabajadora.
- Duración determinada por circunstancias de la producción.
- Circunstancias IMPREVISIBLES: aumento ocasional e imprevisible con oscilaciones que generen un desajuste temporal de empleo en la empresa.
- Duración: máximo 6 meses. Ampliables a 1 año por convenio.
- Circunstancias PREVISIBLES: para situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida y delimitada.
- Duración: máximo 90 días/año natural. Nunca de manera continuada.
- Circunstancias IMPREVISIBLES: aumento ocasional e imprevisible con oscilaciones que generen un desajuste temporal de empleo en la empresa.
- Duración determinada por sustitución de la persona trabajadora. Supuestos:
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- Sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo.
- Completar jornada reducida por otro trabajador/a.
- Dar cobertura de vacante durante proceso de selección o promoción.
Para reducir la temporalidad, la Reforma impondrá una cotización adicional de 26,57€ para contratos de duración determinada inferiores a 30 días.
Desaparece el contrato en prácticas, el contrato para la formación y el aprendizaje y el contrato para la formación dual universitaria. En su lugar se crea un nuevo contrato formativo que incluye acción protectora integral de la seguridad social, incluido el desempleo. Con dos modalidades:
- Contrato de formación en alternancia. Que pueda compatibilizar la actividad laboral retribuida con procesos formativos. Para personas que no tengan la titulación para concertar un contrato formativo.
- Contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Destinado la obtención de una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.
En actividades que de forma habitual recurren al uso de la contratación temporal, se dirige el uso del contrato fijo-discontinuo, fomentando su uso. Los trabajadores contratados en esta modalidad tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contrato indefinido, incluida la indemnización por despido.
¿Qué cambios se producen en la negociación colectiva?
Los convenios recuperan la ultra-actividad indefinida. Es decir, serán prorrogados aun cuando no se haya alcanzado un acuerdo en el proceso de negociación del nuevo convenio. No será de aplicación en estos casos el convenio colectivo de ámbito superior, como desde 2012 se venía aplicando. Será prorrogado el convenio sectorial.
En cuanto a los convenios de empresa, dejan de ser prioritarios en materia de determinación de salario base y complementos salariales. Serán los convenios estatales, autonómicos o provinciales los que regularán estas materias.
¿Qué modificaciones produce la reforma laboral 2022 en ERTEs?
Con el objetivo de reducir los despidos en épocas de crisis y favorecer la flexibilidad interna, se promueve la utilización de los ERTE. Se introducen las modalidades que se vienen aplicando en estos procedimientos durante la pandemia, y se simplifican para que las empresas puedan acogerse a esta modalidad.
Medidas aprobadas sobre los expedientes de regulación de empleo: se activa el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización en el empleo. Este servicio posibilita a las empresas solicitar por una vía más ágil medidas concretas, como reducciones de jornada y suspensiones de contratos.
¿Incluye nuevas sanciones la reforma laboral?
Destacan en este punto: la transgresión de las nuevas modalidades de tipo de contrato y la constitución de contratos temporales en los que la temporalidad no está justificada correctamente. Incluye también diferentes sanciones por contrataciones de personal y externalización de trabajo en expedientes de regulación de empleo activos.
Entre otros cambios en sanciones, se modifica el importe de la sanción de las infracciones graves:
- Mínimo, de 1.000 a 2.000 euros.
- Medio, de 2.001 a 5.000 euros.
- Máximo, de 5.001 a 10.000 euros.
Dpto. Laboral Impulso Cooperativo
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