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Nuevas bonificaciones a la contratación

BONIFICACIONES EN LA CONTRATACIÓN A PARTIR DEL 1/09/2023, PARA CONTRATACIONES EN RÉGIMEN GENERAL. 

A partir del pasado uno de septiembre ha habido grandes cambios para las bonificaciones en materia de contratación. Desaparecen la mayoría de las bonificaciones existentes y las cantidades pasan a ser fijas. También, en los casos de contratación a tiempo parcial, las cuantías se reducirán en proporción a la jornada realizada, sin que pueda ser inferior al 50% de la jornada a tiempo completo.  

Por otro lado, se unifica para todos los contratos incentivados la obligación de mantenimiento del empleo: debe mantenerse a la persona contratada durante al menos tres años (con ciertas excepciones).

Medidas tomadas según el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Detalle de las bonificaciones existentes y su cuantía:

Por CONTRATACIÓN INDEFINIDA, en los siguientes casos: 
  • Personas jóvenes, con baja cualificación, beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: Cuantía: 275 €/mes, durante tres años. 
  • Personas desempleadas de larga duración: Cuantía: 110 €/mes durante tres años o 128€/ mes si son mujeres o personas de 45 o más años. 
  • Personas en exclusión social: Cuantía: 128 euros al mes durante 4 años. 
  • Transformación de contratos formativos y de relevo en indefinidos: 
  • Contratos formativos: Cuantía: 128 €/ mes durante tres años, y 147 €/ mes si es una mujer. 
  • Contratos relevo: Cuantía: 55 €/mes durante tres años, y 73 €/mes si es una mujer. 
  • Personas con capacidad intelectual límite: Cuantía: 128 € al mes durante 4 años. 
  • Personas víctimas de violencia de género, sexual y trata de seres humanos, con fines de explotación sexual o laboral: Cuantía: 128 € /mes durante 4 años. 
  • Personas readmitidas tras haber cesado en la empresa por IPT o absoluta: Cuantía: 138 €/mes durante 2 años. 
  • Personas víctimas de terrorismo: Cuantía: 128 €/mes durante cuatro años.  
  • Contratación indefinida o nuevo socio/a de cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas (En Régimen General): Cuantía: 138 €/mes durante un periodo máximo de 3 años. 
Para contratos FIJOS DISCONTINUOS, en los siguientes casos: 
  • Prolongación del periodo de actividad en fijos discontinuos de los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística: Cuantía: 262 euros/mes. 
  • Transformación de contratos temporales en fijos discontinuos (en sistema agrario): Cuantía: 55 €/mes para hombres y 73 €/mes para mujeres, durante tres años. 
Por CONTRATACIÓN TEMPORAL, en los siguientes casos: 
  • Personas desempleadas discapacitadas para sustituir a personas trabajadoras con discapacidad con contrato suspendido por baja IT: Cuantía: 366€/mes, mientras se extienda dicha situación: 
  • Personas para sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o sexual: Cuantía: 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes. 
Para las situaciones de SITUACIONES DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR, CUIDADO DEL LACTANTE, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA NATURAL O ENFERMEDAD PROFESIONAL, en los siguientes casos: 
  • Personas trabajadoras sustituidas durante situaciones de nacimiento y cuidado del menor, cuidado del lactante, riesgo durante el embarazo y la lactancia natural: Cuantía: 366 €/mes, mientras se extiende dicha situación. 
  • Cambio de puesto por riesgo durante el embarazo o lactancia natural, y enfermedad profesional: Cuantía: 138 €/mes durante el periodo de permanencia en el nuevo puesto o función. 
  • Contratación de duración determinada para personas desempleadas para sustituir a personas durante su baja por riesgo de embarazo o durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor o ejercicio corresponsable del menor lactante, en los siguientes casos: Cuantía: 366€/mes, mientras se extienda dicha situación: 
  • Jóvenes menores de 30 años. 
  • Personas para sustituir a personas autónomas o socias de cooperativas, siempre en Régimen General. 
Por contratación por FORMACIÓN EN ALTERNANCIA o contrato PREDOCTORAL
  • Contratos de formación en alternancia: Cuantía: 91 €/mes, además de bonificaciones específicas para la financiación de los costes de la formación recibida. 
  • Personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral: Cuantía: 115 €/ mes durante la vigencia del contrato. 

Si necesitáis ampliar esta información, ponte en contacto con nuestro departamento laboral.

Puedes consultar el texto íntegro AQUÍ 

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