Acaban de publicar en el DOGV la ayuda para autónomos que desarrollen su labor en pequeños pueblos valencianos. Si eres autónomo o autónoma y estás empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes en la Comunitat Valenciana, tenemos buenas noticias para ti. La Generalitat ha lanzado una nueva convocatoria para el año 2025 con el objetivo de apoyar a quienes, como tú, apuestan por emprender en zonas rurales.
¿En qué consiste la ayuda para autónomos?
Esta ayuda está pensada para cubrir los costes fijos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad alternativa del colegio profesional correspondiente. Es decir, te ayuda a pagar las cuotas de autónomo, algo que muchas veces supone un esfuerzo extra para quienes arrancan su proyecto profesional en municipios pequeños.
¿Cuánto dinero puedo recibir?
La cuantía depende de tu perfil:
- 3.000 €: si eres mujer víctima de violencia de género, persona con discapacidad igual o superior al 33 %, víctima del terrorismo o tienes 48 años o más.
- 2.800 €: si eres mujer y no cumples ninguna de las condiciones anteriores.
- 2.600 €: si eres hombre y no entras en ninguno de los casos anteriores.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden acceder quienes cumplan estos requisitos:
- Estar empadronado en un municipio de la Comunitat Valenciana con menos de 5.000 habitantes.
- Estar de alta en el RETA (o mutualidad correspondiente) de forma ininterrumpida durante al menos 3 años y un máximo de 5 años en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.
- No tener más de 9 personas contratadas por cuenta ajena en el momento de la solicitud.
- Tener el domicilio fiscal y desarrollar la actividad en uno de estos municipios pequeños.
Además, hay una lista de exclusiones (como trabajadores agrarios por cuenta propia, autónomos colaboradores, miembros de cooperativas de trabajo asociado, etc.) y un límite de ingresos: si tus rendimientos netos del IRPF superan los 34.235,28 €, no podrás acceder a la ayuda.
¿Cómo y cuándo se solicita?
La solicitud debe hacerse por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat. Se abre un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación oficial en el DOGV, por lo que conviene estar muy atento a las fechas. Puedes consultar y tramitar la ayuda en este enlace, aunque prevemos que se cerrará el 18 de junio:
gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18856
¿Por qué es importante?
Porque emprender en un entorno rural no es fácil. Los costes fijos, la menor densidad de clientes y la falta de recursos hacen que muchas veces abandonar sea más fácil que continuar. Este tipo de ayuda para autónomos no solo alivian la carga económica, sino que también reconocen el valor de quienes apuestan por mantener viva la actividad económica en nuestros pueblos.
Desde Impulso Cooperativo, podemos ayudarte a tramitar la ayuda para autónomos y asegurarte de que cumplas todos los requisitos. No estás solo: juntos podemos impulsar tu proyecto. Por esto, hemos preparado este checklist, para ayudarte a agilizar el proceso:
Checklist para solicitar la ayuda TRRETA (RETA Rural Comunitat Valenciana)
Fecha límite: 18 de junio de 2025 (23:59:59 h)
🔹 1. Requisitos personales y de actividad
- Estás empadronado/a en un municipio de la Comunitat Valenciana con menos de 5.000 habitantes.
- Estás dado/a de alta en el RETA o mutualidad alternativa desde entre el 01/01/2020 y el 31/12/2022, de forma ininterrumpida.
- Mantienes el alta durante todo el año 2025.
- Tu actividad se desarrolla en uno de esos municipios, o tu domicilio fiscal está allí si no tienes local.
- No tienes más de 9 personas contratadas por cuenta ajena a fecha de publicación.
- Tus ingresos netos del IRPF no superan los 34.235,28 € (según la última declaración).
- No estás incluido/a en ninguno de los colectivos excluidos (autónomos colaboradores, del sector agrario, etc.).
🔹 2. Documentación necesaria (digitalizada)
- Certificado de situación censal de la AEAT, con tu domicilio fiscal y lugar de actividad actualizado.
- Datos bancarios (si no los has presentado antes a la Generalitat o si han cambiado).
- Documentación justificativa (si aplica) para:
- Víctima de violencia de género.
- Discapacidad ≥ 33 %.
- Víctima del terrorismo.
- Edad ≥ 48 años.
- Declaración del IRPF más reciente o certificado negativo si no estás obligado/a a declarar.
- Certificado de empadronamiento actualizado (si no autorizas su consulta).
- Informe de vida laboral (si no autorizas su consulta).
🔹 3. Tramitación electrónica
- Accede a la sede electrónica gva.es/procedimientos?id_proc=18856.
- Ten a mano tu certificado digital o sistema de firma aceptado.
- Si actúas en representación de otra persona, asegúrate de estar inscrito en el Registro de Representantes:
gva.es/procedimientos?id_proc=17168. - Rellena y firma electrónicamente el formulario de solicitud y el anexo I.
🔹 4. ¡Ojo con estos detalles!
- Solo puedes presentar una solicitud. Si duplicas, solo cuenta la última.
- Si no subes toda la documentación, la fecha válida será la de la completa subsanación.
- Guarda una copia del justificante de presentación electrónica.
DEPARTAMENTO DE SUBVENCIONES